LA REAL CANINA
ACEPTA POR LEY
LOS PEDIGRÍS
ACCAM – ALIANZ
La directiva europea 91/174/CEE del Consejo Europeo del 25 de marzo publicada en 1991 (relativa a las normas zootécnicas y genealógicas que regulan la comercialización y registro de animales de raza) dejaba claro cómo debían funcionar los registros o libros de orígenes de animales de pura raza, todas las directivas europeas deben ser aplicadas y de obligado cumplimiento por los estados miembro de la UE, debemos tener en cuenta que aunque fue la directiva del año 1991 la que repercutió y tuvo que ser adaptada a la legislación española, desde 1977 ya el gobierno de la Unión Europea estaba regulando todos estos procedimientos como queda constancia en la directiva europea 504/77/CEE.
En España en 1999 el Ministerio de Ganadería empezó a mantener las primeras reuniones debido a que debían aplicar la directiva europea anteriormente mencionada y al mismo tiempo no podía haber ningún tipo de monopolio ni posición de dominio en los registros de animales de pura raza en libros de orígenes, podemos tener en cuenta y como ejemplo lo que ocurrió con los caballos de pura raza, que tuvieron que autorizar nuevos registros.
La Constitución Española deja claro que no puede haber ningún tipo de discriminación, por lo que, si tomamos en cuenta estos simples antecedentes anteriormente mencionados, es claro y evidente por qué la Comisión Nacional de la Competencia con fecha del 17 de mayo de 2022 publica una resolución donde explícitamente dejan claros los fundamentos y legislaciones por las cuales la Real Canina debe reconocer y aceptar los registros genealógicos (pedigrís) ACCAM – ALIANZ.
En el año 2000 se mantienen reuniones en Madrid en el Ministerio de Ganadería debido a que era necesario realizar la trasposición de la directiva europea 174/91 a la legislación española y que dejara de haber en España un monopolio de registro canino para evitar la multa que el Gobierno de la UE imponía al Gobierno de España. Este proceso legislativo dio como resultado el Real Decreto 558 de 2001 del 25 de mayo, siendo este el que regula específicamente los libros de orígenes y registros de perros de pura raza en España, siendo en su artículo 2 definiciones, artículo 3 competencia, artículo 5 criterios de inscripción. Es por este Real Decreto que en el año 2003 obtiene ACCAM – ALIANZ su reconocimiento oficial nacional pudiendo realizar trámites y expedir documentación desde cualquier punto del territorio nacional (Asociación Nacional de Criadores Caninos y Multiformación).
La organización conocida como Real Canina acepta desde hace tiempo los pedigrís de ACCAM – ALIANZ tanto para registros como para participar en exposiciones en cumplimiento de la legislación vigente que regula los libros de orígenes tanto LOE como REOC “Registro Español de Orígenes Canino”.